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¿Conoces el Certificado de Excepcionalidad?

26/04/2022 · editor

¿Qué es el certificado de excepcionalidad?

Siguiendo la normativa de la Ley General de Discapacidad, las empresas con más de 50 trabajadores están obligadas a tener a un mínimo de un 2% de trabajadores con discapacidad en su plantilla.  

Aunque desde Inserta Empleo y Fundación ONCE la contratación directa de personas con discapacidad debe ser la opción preferente, sin embargo, se pueden dar algunas excepciones en las que se pueden encontrar las empresas. Si se produjeran, dichas compañías estarían obligadas a solicitar el Certificado de Excepcionalidad. 

¿En qué casos es necesario solicitar el Certificado de Excepcionalidad?

Según el Real Decreto (RD) 364/2005 de 8 de abril, por el que, se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva para personas con discapacidad, recoge dos situaciones en donde pueda resultar muy difícil la contratación de una persona con discapacidad: 

  1. Cuando los Servicios Públicos de Empleo o las agencias de colocación no encuentren suficientes demandantes de empleo con discapacidad, por superar el número de empresas que los solicitan al número de posibles candidatos con discapacidad o, aun habiéndolos, no estuvieran interesados en esa oferta de trabajo. 

  1. Cuando por razones organizativas, productivas, técnicas o económicas no es posible incorporar a una persona con discapacidad a la plantilla. Como acreditación de esta circunstancia, el servicio público de empleo exigirá la presentación de certificados e informes que lo confirme. 

La empresa deberá presentar la documentación a nivel autonómico en el Servicio Público de Empleo de la Comunidad Autónoma, si tiene más del 85% del total de su plantilla dentro de la misma comunidad autónoma. Sin embargo, si tuviera a la plantilla distribuida en varias comunidades autónomas, dicha documentación la presentará en el Servicio Público de Empleo Estatal.  

Una vez presentados los documentos, la empresa solicitará al Servicio Público de Empleo (estatal o autonómico, según corresponda) la Declaración de Excepcionalidad. La Administración Pública tendrá un plazo de dos meses para resolver si concede o no esta declaración, transcurridos los cuales se entenderá otorgada. 

La Declaración de Excepcionalidad tendrá una validez de tres años. Si persistiera esta circunstancia, pasado ese tiempo, la empresa deberá solicitar de nuevo dicha certificación. 

¿Existen Medidas Alternativas para cumplir con el 2% de trabajadores con discapacidad?

Las empresas pueden llevar a cabo una serie de medidas alternativas para cumplir con la normativa: 

1. Celebrar un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo o con un trabajador autónomo con discapacidad para que, por un lado, proporcione materias primas, maquinaria o cualquier otro tipo de bien que facilite la actividad habitual de la empresa y, por otro lado, para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad normal de la empresa 

2. Otra opción posible es realizar donaciones y patrocinios (siempre económicos) a fundaciones o asociaciones de utilidad pública, que permitan desarrollar la inserción laboral y la creación de puestos de trabajo para personas con discapacidad, de modo que, se logre su integración completa en el mercado laboral. 

3. Otra medida alternativa puede ser llevar a cabo un enclave laboral entre un Centro Especial de Empleo (CEE) y una empresa ordinaria con la que efectúe este tipo de colaboración.  

Estas medidas alternativas buscan impulsar el empleo de personas con discapacidad y su incorporación al mercado laboral. No deben ser vistas como una solución “fácil” a la obligación legal para no incorporar a la plantilla a ese 2% de personas con discapacidad.  

Desde Inserta Empleo, siempre promovemos la contratación de personas con discapacidad por todas las ventajas que supone incorporar a la plantilla a una persona con discapacidad. En cualquier caso, si te surge cualquier duda, puede escribirnos y te lo resolvemos aquí  

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